El IMSS o Instituto Mexicano del Seguro Social es la institución de seguridad social más grande e importante de México y América Latina. En él participan el gobierno federal, los empresarios y los trabajadores. Además, es un organismo fiscal autónomo con personalidad jurídica propia, por lo que cuenta con las normas necesarias para cumplir sus objetivos.
Las cuotas del IMSS deben ser utilizadas por los patrones cuando tengan empleados a su cargo, deben hacer un cálculo de las cuotas obrero-patronales que se le retendrán al trabajador, las cuales se reflejarán en el CFDI de la nómina que se envíe al SAT, y deben pagarse mensualmente al IMSS y bimestralmente al RCV y al Infonavit.
¿Cómo se calculan las cuotas obrero-patronales del IMSS?
Debido a la desindexación del salario mínimo en el cálculo del IMSS, se debe utilizar la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente en 2022.
Los patrones deben considerar que en enero y febrero de 2022 se utilice la prima de riesgo de trabajo vigente en diciembre de 2021. A partir de la presentación ante el IMSS de la determinación de la prima de riesgo de trabajo en febrero de 2022, se utilizará en los cálculos posteriores que sean de marzo a diciembre del mismo ejercicio.
Para ello, es necesario determinar el Salario Base de Cotización (SBC) de cada trabajador para determinar las cuotas del IMSS, el cual se calcula con base en las prestaciones que otorga el patrón. Además, es necesario considerar el cambio de días de vacaciones de los trabajadores por cada año de servicio, ya que esto modifica el factor de integración.
Una vez obtenido el SBC de cada trabajador, se deben determinar las cuotas obrero-patronales, aplicando los siguientes conceptos:
- Prima de riesgo.
- Enfermedad y maternidad.
- Invalidez y vida.
- Jubilación, cesantía en edad avanzada y vejez.
- Guardería.
- Infonavit.
Para el cálculo de las aportaciones al IMSS se deben aplicar los porcentajes referidos a los conceptos del SBC.
- Seguro y concepto Prestaciones Cotizaciones Base salarial
- Patrón Empleado Total
- Riesgos de Trabajo En especie y en efectivo De acuerdo al índice de siniestralidad 0.00% Prima correspondiente Salario base de cotización (SBC)
- Enfermedad y Maternidad En especie Cotización fija por cada trabajador hasta 3 veces la UMA en vigor.
- 20,40% 0,0% 20,40% UMA
- Cotización adicional por la diferencia entre el SBC y 3 veces el UMA.
- 1,1% 0,40% 1,50% Diferencia entre el SBC y tres veces la UMA.
- Gastos médicos de los pensionistas y beneficiarios 1,05% 0,375% 1,425% SBC
- En efectivo 0,70% 0,25% 0,95% SBC
- Invalidez y vida En especie y en efectivo 1,75% 0,625% 2,375% SBC
- Jubilación, Cesantía en edad avanzada y vejez (CEAV) Jubilación 2,00% 0,00% 2,00% 2,00% SBC
- CEAV 3,150% 1,125% 4,275% SBC
- Guardería y prestaciones sociales En especie 1,00% 0,00% 1,00% SBC
- Crédito de vivienda Infonavit 5.00% 0.00% 0.00% 5.00% 5.00% Salario base de cotización
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